Otros índices de precios: I.P.C.A., I.P.V., I.P.R.I. e I.P.S.
2. Índices de Precios de la Vivienda (IPV)
2.2. Características principales del IPV
- La población o estrato de referencia del IPV incluye a toda la población (personas físicas), tanto residente como no residente en España, que haya adquirido una vivienda en el periodo de referencia. Las compras efectuadas por personas jurídicas o entidades financieras no forman parte del ámbito poblacional del IPV.
- El ámbito geográfico de la investigación lo constituye todo el territorio nacional. Se calculan índices para España, las diecisiete comunidades autónomas, distinguiendo entre vivienda nueva y de segunda mano, y para Ceuta y Melilla.
- El IPV tiene una periodicidad trimestral, lo que permite estimar la evolución de precios entre trimestres consecutivos, la acumulada a lo largo del año, así como la anual.
- El período base del IPV es el año 2007; por ello, la media aritmética de sus índices trimestrales de este año se ha hecho igual a 100.
- El período de referencia de las ponderaciones es aquel al que están referidas las ponderaciones que sirven de estructura del sistema.
- Para cualquier año, el cálculo de las ponderaciones se realiza con la última información disponible sobre las compraventas de viviendas efectuadas en el año anterior, actualizada a precios del 4º trimestre del año anterior al corriente. Consecuentemente, el periodo de referencia de las ponderaciones variará anualmente.
- El período de referencia de los precios es el período con cuyos precios se comparan los precios corrientes, es decir, el período elegido para el cálculo de los índices elementales.
- Con la fórmula de cálculo empleada para el IPV base 2007 – Laspeyres encadenado – el período de referencia de los precios varía cada año y es el último trimestre del año inmediatamente anterior al considerado.