LIBRO 3:LA DIVERSIDAD CULTURAL Y ÉTNICA DE LA UE. LA CONVIVENCIA.
1. Vídeo introductorio
1.2. La diversidad cultural como base de la convivencia en la Unión Europea
La Unión Europea está formada por 27 Estados miembros lo que implica la coexistencia de múltiples lenguas, tradiciones, sistemas jurídicos y contextos históricos. Desde su inicio, este desafío ha sido también afrontado por la Unión Europea como una oportunidad para enriquecer el tejido social europeo.
La diversidad y la convivencia pacífica en esa diversidad forman parte del corazón de la Unión Europea. El propio lema de la Unión Europa: “Unida en la diversidad” implica que la UE no pretende imponer la homogeneidad cultural, sino fomentar el respeto y la promoción de las particularidades de cada país.
Desde su nacimiento, la Unión Europea ha sido consciente de que integraba en su seno múltiples perspectivas culturales, étnicas, diferentes lenguas y diferentes perspectivas de los Estados miembros que habían aceptado colaborar. Esta colaboración se sostenía sobre la existencia de unos valores compartidos para un objetivo común, el logro de la paz y la prosperidad. Para ello, los Estados miembros aceptaban una cesión de parte de su soberanía hacia las instituciones supranacionales entendiendo que estas trabajaban por el bien común y respetaban la diversidad de cada Estado miembro.
Por ello, desde su nacimiento, el marco normativo de la Unión Europea reconoció la diversidad y estableció medidas concretas para su preservación. La Unión Europea considera la diversidad cultural como uno de sus valores esenciales. Por ello, este principio aparece recogido en muchos de sus tratados y documentos fundacionales.
El artículo 2 del Tratado de la Unión Europea establece que “La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres”.
Y en su artículo 3, apartado 3 indica que “La Unión respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velara por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo”
Por tanto, la propia estructura normativa de la Unión Europea reconoce y protege esa diversidad cultural de los Estados miembros y establece que la Unión se establece entre los miembros sobre la base de unos valores compartidos que unifican a la comunidad europea pero que también protegen su diversidad y fomentan la igualdad entre los ciudadanos europeos.
Esta idea también la encontramos en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por ejemplo, en su artículo 167, que establece que “La Unión contribuirá al florecimiento de las culturas de los Estados miembros, dentro del respeto de su diversidad nacional y regional” y en su artículo 165 que recoge que “La Unión contribuirá al desarrollo de una educación de calidad fomentando la cooperación entre los Estados miembros y, si fuere necesario, apoyando y completando la acción de éstos en el pleno respeto de sus responsabilidades en cuanto a los contenidos de la enseñanza y la organización del sistema educativo, así como de su diversidad cultural y lingüística”.
Del mismo modo la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea recoge en su Preámbulo que “La Unión contribuye a defender y fomentar esos valores comunes dentro del respeto a la diversidad de culturas y tradiciones de los pueblos de Europa” y su artículo 22 indica que “la Unión respeta la diversidad cultural, religiosa y lingüística”.
Ilustración 1. Poster para niños elaborado por la Oficina del Parlamento Europeo.
Europe Direct. https://learning-corner.learning.europa.eu/learning-materiasl/united-diversity_es