LIBRO 3:LA DIVERSIDAD CULTURAL Y ÉTNICA DE LA UE. LA CONVIVENCIA.
1. Vídeo introductorio
1.3. Los principios que sustentan la convivencia en la Unión Europea: valores de la Unión Europea, cohesión y solidaridad
La convivencia en la Unión Europea se sustenta en una serie de principios que están recogidos en los textos normativos clave. Estos principios se apoyan en una serie de valores y objetivos para implementarlos.
Los principios de la convivencia en la Unión Europea incluyen:
- El respeto a la dignidad humana: La UE reconoce la dignidad humana como el núcleo de sus valores, garantizando que sea respetada y protegida. Normativa: Artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y Artículo 1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
La libertad: Incluye libertades fundamentales como la libertad de pensamiento, religión, expresión, asociación y movimiento dentro de la Unión. Normativa: Artículo 6 del TUE y Título II de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
La democracia: la democracia representativa es el sistema político básico de los Estados miembros, basada en elecciones libres y justas. Normativa: Artículo 2 del TUE.
La igualdad: Implica igualdad de derechos para todos los ciudadanos, independientemente de su género, origen étnico, religión, orientación sexual u otros factores. Normativa: Artículo 2 del TUE y Título III de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
El Estado de Derecho: La UE y sus Estados miembros están obligados a respetar los principios del Estado de Derecho, incluyendo la separación de poderes y la independencia judicial. Normativa: Artículo 2 del TUE.
El respeto de los derechos humanos: La protección de los derechos humanos es central, garantizando derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. Normativa: Artículo 6 del TUE y la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
La solidaridad: La UE promueve la cohesión social y económica entre sus regiones y Estados miembros, fomentando políticas de cooperación y justicia social. Normativa: Artículo 3.3 del TUE y Título IV de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
El pluralismo, la no discriminación y la tolerancia: La UE protege la diversidad cultural, lingüística y religiosa, y prohíbe la discriminación por cualquier motivo. Artículo 2 del TUE y Artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
Ilustración 2. Protección de los derechos de los ciudadanos.
Imagen Parlamento Europeo. https://www.europarl.europa.eu/about-parliament/es/democracy-and-human-rights/fundamental-rights-in-the-eu/upholding-citizens-rights
Junto a estos principios se sitúan unos objetivos comunes y unos valores que permiten su consecución. Entre ellos se encuentra la búsqueda de la cohesión económica, social y territorial para reducir las desigualdades entre las regiones más desarrolladas y aquellas más atrasadas.
Para ello, la Unión Europea se rige por los siguientes principios:
Principio de subsidiariedad y proporcionalidad que permite que la UE intervenga en áreas donde los objetivos no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros en el ejercicio solitario de su soberanía. Así, el artículo 5 del Tratado de la Unión Europea recoge que “En virtud del principio de subsidiariedad, en los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la Unión intervendrá solo en caso de que, y en la medida en que, los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, ni a nivel central ni a nivel regional y local, sino que puedan alcanzarse mejor, debido a la dimensión o a los efectos de la acción, pretendida, a escala de la Unión.”
Mercado Común: los artículos 26 a 28 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea garantizan la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas en el territorio de la Unión Europea y sus Estados miembros.
Estos principios contribuyen a reducir las desigualdades entre las regiones más desarrolladas y aquellas más atrasadas. A través de fondos estructurales y programas de desarrollo regional, la UE impulsa la creación de empleo, infraestructuras y servicios en las zonas más vulnerables, promoviendo un modelo de crecimiento inclusivo.
El principio de solidaridad es un eje central en la toma de decisiones dentro de la Unión. Esta solidaridad se manifiesta en acuerdos para responder a las crisis y desafíos que se presentan (crisis migratorias, desastres naturales, el cambio climático, la pandemia del COVID-19…). Esta cooperación ha fortalecido la Unión Europea y ha demostrado que es beneficiosa para los países miembros facilitando la solución de problemas que trascienden la capacidad de respuesta nacional.
La solidaridad entre Estados miembros: la UE fomenta la ayuda mutua en casos de emergencia y catástrofe. El título VII, artículo 222 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que “La Unión y sus estados miembros actuarán conjuntamente con espíritu de solidaridad si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. La Unión movilizará todos los instrumentos de que disponga, incluidos los medios militares puestos a su disposición por los Estados miembros.”
La Unión Europea considera la dignidad humana un valor fundamental, inviolable, que ha de ser respetado y protegido. Por ello, la UE tiene al individuo y a su dignidad en el centro de su actividad y regula y protege sus derechos fundamentales, establece la ciudadanía de la Unión y crea un espacio común de libertad, seguridad y justicia.
La tolerancia es uno de los elementos principales para garantizar la convivencia en la UE. La tolerancia es el respeto a las ideas, las creencias y las prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias (Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua). La tolerancia implica el respeto mutuo y conlleva un entendimiento mutuo, aunque no se compartan los mismos valores o referentes culturales, siempre y cuando, estos no atenten contra los derechos humanos, contra la integridad física, mental o espiritual de los individuos, contra la libertad y la calidad de vida de las personas.
El principio de tolerancia aparece recogido en varios documentos estructurales de la Unión Europea:
Tratado de la Unión Europea (TUE):
Artículo 2:
Declara que la Unión se basa en valores como el respeto de los derechos humanos, la igualdad, el pluralismo, la no discriminación y la tolerancia.
"La Unión se fundamenta en los valores del respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos [...]. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres".
Carta de los Derechos Fundamentales de la UE:
Artículo 21. No discriminación:
Prohíbe cualquier forma de discriminación basada en género, raza, origen étnico, religión, discapacidad, edad, orientación sexual u otras razones.
Artículo 22. Diversidad cultural, religiosa y lingüística:
Establece que la Unión debe respetar la diversidad cultural, religiosa y lingüística de las personas y comunidades.
Artículo 1: Dignidad humana:
Garantiza el respeto de la dignidad de todas las personas, un principio que es la base de la tolerancia.
Directivas antidiscriminación:
Directiva 2000/43/CE: Relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre personas independientemente de su origen racial o étnico.
Directiva 2000/78/CE: Establece un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, incluyendo la prohibición de la discriminación por motivos de religión o creencias, discapacidad, edad o orientación sexual.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE):
Artículo 10:
La Unión se compromete a combatir la discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual al definir y ejecutar sus políticas y actividades.
Artículo 19:
Faculta a la Unión para adoptar medidas contra la discriminación por las razones mencionadas, fortaleciendo la tolerancia y el respeto a la diversidad.
Resoluciones y Declaraciones del Parlamento Europeo:
Resolución de 2018 sobre el fortalecimiento de los derechos fundamentales en la UE:
Destaca la importancia de la tolerancia como un valor esencial para prevenir el discurso de odio y la violencia.
Manifiesto de París (2015):
Promueve una educación en tolerancia y respeto mutuo como herramienta clave para la cohesión social y la lucha contra el extremismo.
Ilustración 3. Solidaridad europea. Imagen modificada. María Jesús Campos y Marina Iborra