Libro 1: LA MATERIALIZACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN EUROPEA.ESTADOS MIEMBROS.ADHESIÓN DE ESPAÑA A LA UE
3. De la CECA (1951) al Tratado de Lisboa (2009). Ampliaciones..
3.6. Tratados de Ámsterdam, Niza y Lisboa
El tratado de Ámsterdam
Se firmó el 2 de octubre
de 1997 y entró en vigor 1 de mayo de 1999.
Este tratado modificó
el Tratado de Maastricht. Los objetivos
eran:
·
Promover el progreso
económico y social
y conseguir un desarrollo sostenible
·
Reformar las
instituciones de la UE para preparar la llegada de
futuros países miembros.
·
Se ampliaron los
derechos de ciudadanía europea y la cooperación en materia de empleo
· Se decidió
crear el puesto
de Alto representante de la Unión
para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, que se materializaría en el Tratado
de Lisboa.
- Tratado de Niza
Se firmó el 26 de febrero de 2001 y entra en vigor en 2003. Su objetivo era reformar las instituciones para que la UE pudiese funcionar eficientemente tras sumar 25 países miembros. Además, se aprobó la Carta de Derechos Fundamentales. En 2002, tras entrar en circulación el “euro” en doce países, entre ellos España, se puso en marcha la Convención Europea encargada de redactar una Constitución, presentada oficialmente en 2003.
Imagen 7. Firma del Tratado de Niza. Fuente: Parlamento Europeo
- Tratado de Lisboa
Se firmó el 13 de diciembre de 2007 y entró en vigor 2009. El objetivo era hacer la UE más democrática, más eficiente tras la adhesión de Rumanía y Bulgaria y mejor capacitada para abordar, con una sola voz, los problemas mundiales, como el cambio climático. Quedó institucionalizado el Consejo Europeo (con un presidente permanente por dos años y medio, renovables por un segundo mandato) y la figura del alto representante/vicepresidente de la Comisión, así como un Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) compuesto de funcionarios de las instituciones y miembros de los servicios diplomáticos nacionales.
Los objetivos y valores de la UE se establecen en el Tratado de Lisboa y la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. El Tratado de Lisboa puede dividirse en dos partes distintas:
• Tratado de la Unión Europea (TUE).
• Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
El TUE también otorga al Carta de los Derechos Fundamentales el mismo valor jurídico que los Tratados.
Imagen 8. Firma del Tratado de Lisboa. Fuente: Parlamento Europeo.
El Tratado por el que se establece una Constitución para Europa (2004), con objetivos similares a los del Tratado de Lisboa, se firmó, pero no llegó a ratificarse.