1.1 Nombramiento

En cada centro educativo (Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Educación Especial, Educación de Personas Adultas y Centros de Régimen Especial) se nombrará un profesor (Coordinador TIC) con la tarea de impulsar y coordinar cuantas actuaciones tengan relación con la utilización curricular de las Tecnologías de la información y la Comunicación. Este profesor deberá:

  • Ser definitivo en el centro
  • Ser nombrado por la dirección, por un curso escolar y con posibilidad de renovación.
  • Presentar un plan de trabajo, preferentemente bianual, sobre su labor como Coordinador TIC.
Para su designación se valorará y se tendrá en cuenta la experiencia en el desarrollo de actividades didácticas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como la capacitación y conocimientos al respecto.

Las direcciones de los centros comunicarán la designación del Coordinador de Tecnologías de la Información y la Comunicación, en los dos primeros meses del curso escolar a la Dirección de Área Territorial correspondiente. Aquellos centros que observen imposibilidad para su nombramiento pondrán esta circunstancia en conocimiento de la Inspección Educativa que analizará los condicionantes del centro y, en su caso, realizará las propuestas que se consideren más adecuadas.

Según lo establecido en cursos anteriores, en cada centro, los Coordinadores TIC, recibirán de las Direcciones de Área Territorial, una vez revisados los Planes de Trabajo por los Servicios de Inspección, el correspondiente nombramiento, que justifique el desempeño de sus funciones.

El Coordinador TIC se incorporará como miembro permanente de las Comisiones de Coordinación Pedagógica.

La Red de Centros de Formación incluirá entre sus prioridades la formación en Tecnologías de la Información y la Comunicación del profesorado en general y, de forma específica, de los citados Coordinadores TIC. En este sentido, los Coordinadores designados en los centros participarán en Planes de Formación específicos, por lo que será preciso, para una adecuada planificación de su proceso formativo, que el Director del Centro comunique a las Direcciones de Área la designación del Coordinador.