2. Las posibilidades

2.2. Causas legitimadoras del uso

La libre utilización de obras o fragmentos de las mismas puede traer su causa, no solo de la existencia de un posible límite, sino también porque los plazos de protección de las obras ya hayan finalizado y se encuentren en dominio público, o porque la propia ley excluya el nacimiento del derecho de autor en casos muy concretos como el art. 13 TRLPI. Este precepto dispone que «no son objeto de propiedad intelectual las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos, las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, así como las traducciones oficiales de todos los textos anteriores». En consecuencia, su reproducción, distribución y comunicación pública, así como su transformación, es también libre. Además de todas las anteriores causas legitimadoras del acto de explotación, también el propio autor puede autorizar determinadas utilizaciones de su obra mediante el uso de licencias libres o alternativas, lo que exonerará al usuario tanto de pedir autorización como de retribuir al titular de los derechos afectados.