3. Decreto de Madrid

El Decreto 17/2008, de 6 de marzo, establece, para la Comunidad de Madrid, las enseñanzas de la Educación Infantil. Se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y se establece el currículo del segundo ciclo de la Educación Infantil.

En el decreto se define currículo como "el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de esta etapa educativa".

En el punto 2 del artículo 3 se establece que "En ambos ciclos se atenderá progresivamente al desarrollo del movimiento y de los hábitos de control corporal, a las diferentes formas de comunicación, al lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y de relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además, se facilitará que los niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal".

Entre los objetivos de la etapa aparecen: "g) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión" y "j) Iniciarse en el conocimiento de las ciencias".

Al tratar en el artículo 15 la evaluación de los aprendizajes se indica que "La evaluación en la etapa de Educación Infantil debe servir para identificar los aprendizajes adquiridos y el ritmo y características de la evolución de cada niño".