1. EN QUÉ CONSISTE LA FFE

Todos los ciclos formativos se desarrollarán, con carácter dual, entre el centro docente y la empresa, incluyendo una fase de formación en empresa u organismo equiparado.
La fase de formación en empresa, que carece de currículo propio y diferenciado, debe contribuir al desarrollo de parte de los resultados de aprendizaje contemplados en los módulos profesionales del correspondiente currículo, así como de las competencias previstas en la oferta formativa, existiendo, por tanto, una corresponsabilidad entre el centro y la empresa en el proceso formativo del alumno.

Los alumnos deben cumplir unos requisitos para poder iniciar este periodo de formación en la empresa:

    • Tener cumplidos los dieciséis años.
    • Haber superado la formación en prevención de riesgos laborales, que es impartida por los centros docentes.

La fase de formación en empresa, tiene una duración de:

    • 400 horas para los ciclos formativos de grado básico (20% de la duración total de la oferta formativa). Régimen general.
    • 500 horas, para los ciclos formativos de grado medio y grado superior (25% de la duración total de la oferta formativa). Régimen general.
    • 1000 horas, para los ciclos formativos de grado medio y grado superior (50% de la duración total de la oferta formativa). Régimen intensivo.

Y se distribuye a lo largo de los dos cursos académicos del siguiente modo:

    • El periodo correspondiente al primer curso de formación se desarrollará preferentemente a partir del segundo trimestre y tendrá una duración variable entre sesenta horas y ciento ochenta horas (régimen general) o al menos, sesenta horas (régimen intensivo).
    • La estancia correspondiente al segundo curso completará la fase de formación práctica hasta alcanzar el total de las horas.

La fase de formación en empresa u organismo equiparado tiene las siguientes finalidades:


a. Completar la adquisición de competencias profesionales y resultados de aprendizaje propios de cada oferta formativa.


b. Conocer la realidad del entorno laboral del sector productivo o de servicios de referencia, que permita la adopción de decisiones sobre futuros itinerarios formativos y profesionales, prestando especial atención a las oportunidades de empleo y emprendimiento existentes o emergentes en los entornos rurales y las zonas en declive demográfico.


c. Participar en el desarrollo de una identidad profesional emprendedora y motivadora para el aprendizaje a lo largo de la vida y la adaptación a los cambios en los sectores productivos o de servicios.


d. Afianzar habilidades permanentes para la empleabilidad vinculadas a la profesión que requieren situaciones reales de trabajo.


e. Facilitar una experiencia de inserción y relacional en una plantilla real de personas trabajadoras respetando la normativa de prevención de riesgos laborales.


La empresa u organismo equiparado asume los siguientes compromisos:


a. Garantizar el acceso a las dependencias de la misma al tutor del centro docente para realizar las visitas y llevar a cabo las actuaciones de revisión de la programación, valoración y supervisión del proceso formativo de la persona en formación.


b. Cumplir la programación de las actividades formativas acordadas con el centro de formación profesional.


c. Supervisar y facilitar el seguimiento individualizado y la valoración del progreso de la persona en formación que debe realizar el tutor de la empresa u organismo equiparado.


d. Cumplir con todos los requisitos que, en materia de prevención de riesgos laborales, le sean exigibles y proporcionar a la persona en formación, cuando el puesto formativo lo requiera, los equipos de protección correspondientes.


e. Cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad e higiene en el trabajo que están vigentes en cada momento.f. Informar a la representación legal de las personas trabajadoras sobre los acuerdos suscritos, indicando al menos, las personas que se van a incorporar a la empresa u organismo equiparado, el puesto o puestos en los que desarrollaran la formación y el contenido de la actividad formativa.


Los alumnos, durante su estancia en la empresa, en el marco del convenio firmado se comprometen a:


a. Cumplir con el calendario y horario formativo establecido en la empresa u organismo equiparado, del que deben haber sido previamente informados.


b. Cumplir con las normas establecidas por la empresa u organismo equiparado, especialmente las referidas a la prevención de riesgos laborales.


c. Aplicar y cumplir adecuadamente con las tareas formativas que se le encomienden en la empresa u organismo equiparado, de acuerdo con el plan de formación y la programación establecida, respetando el régimen interno de funcionamiento de la misma.


d. Respetar y cuidar los medios materiales que se pongan a su disposición.


e. Comunicar a la empresa u organismo equiparado con la antelación que sea posible cualquier ausencia.


f. Respetan la máxima confidencialidad durante su periodo de formación en la empresa u organismo equiparado y a la finalización de la misma. Además, no se le permite la reproducción o almacenamiento de datos de la empresa u organismo equiparado, ni su transmisión, cualquiera que sea el medio utilizado para ello, sin permiso expreso del tutor de la empresa u organismo equiparado.


g. Otras acordadas con la empresa u organismo equiparado e incorporadas en el correspondiente convenio.