1. Índice de Precios de Consumo Armonizado (I.P.C.A.)

1.1. Proceso de armonización de los IPC

El proceso de armonización comenzó a fraguarse en 1995 con un primer objetivo: definir las fases que llevarían hacia el IPCA y plasmarlo en un documento legal que hiciera este proceso de obligado cumplimiento. Se aprueba así el Reglamento del Consejo 2494/95 de octubre de 1995 en el que se definen claramente las dos fases de que va a constar el proceso:

La primera fase se desarrolló durante 1996 y establecía el cálculo de los Índices de Precios de Consumo Transitorios (IPCT), basados en los IPC de cada uno de los países miembros de la Unión Europea.

La segunda contempla la construcción de los Índices de Precios de Consumo Armonizados (IPCA), como resultado de homogeneizar los aspectos metodológicos más importantes de cada uno de los Índices de Precios de Consumo, para hacerlos comparables.

Durante el período de implantación transitoria se fueron realizando las modificaciones y ajustes necesarios sobre los IPC nacionales, hasta conseguir un índice con unas características esenciales comunes a todos los países. El primer índice de esta fase es el correspondiente a enero de 1997 y se hace público el día 7 de marzo. Desde entonces, se publica mensualmente el IPCA correspondiente al mes anterior.