Contexto normativo y de referencia
¿Qué es inclusión?
Es muy frecuente que se asocie el concepto de inclusión con la atención educativa del alumnado con discapacidad, pero esto lo limita y restringe, ya que en realidad se trata de un concepto mucho más amplio. Por otro lado, se utiliza de forma generalizada, desde los medios de comunicación, en determinadas campañas... distorsionando en ocasiones el significado en pro de finalidades u objetivos particulares.
Por todo ello, conviene partir de una definición compartida que nos sirva de marco de referencia. La que cuenta con un amplio consenso es la que dio la UNESCO (2005)1:
En la LOMLOE se recoge, entre los principios y fines de la educación, la inclusión educativa y la aplicación de los principios del Diseño Universal de Aprendizaje, es decir, la necesidad de proporcionar al alumno múltiples medios de representación, de acción y expresión y de formas de implicación en la la actividad educativa y en la información que se le presenta.
Previamente, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, vinculante en España desde 2008, establece en su artículo 24 establece entre otros derechos la accesibilidad, el acceso a una vida independiente y la educación inclusiva, y protege el diseño universal y los ajustes razonables como elementos clave para garantizarlos.
También la Agenda 2030 contempla entre sus Objetivos la Educación de Calidad, amparando la necesidad de una educación para todos.